1. La empresa de transporte por carretera DRINA S.A. contrató al Sr. Gómez como conductor a tiempo parcial.
El Sr. Gómez llevaba, en el momento de la contratación, 10 años afiliado al Régimen de Autónomos como empresario individual del transporte, actividad que compaginará con la de asalariado de DRINA S.A.
A las pocas semanas de comenzar a prestar sus servicios a DRINA S.A., el Sr. Gómez tuvo un pequeño accidente doméstico que le imposibilitó para trabajar durante un mes.
Responda a las siguientes cuestiones:
¿A qué Régimen debía solicitar la afiliación del Sr. Gómez la empresa DRINA S.A.? ¿Cómo debía ser el encuadramiento del Sr. Gómez en el Sistema de la Seguridad Social? ¿Qué ocurrió con la obligación de cotizar a la Seguridad Social durante el período que el Sr. Gómez no pudo prestar sus servicios a DRINA S.A.?
RESPUESTA A:
A) No tiene que solicitar la afiliación ya que estaba afiliado con anterioridad.
B) De pluriactividad.
C) Que continuó existiendo, no se suspendió.
RESPUESTA B:
A) Al Régimen General.
B) De pluriactividad.
C) Que continuó existiendo para la empresa y se suspendió para el trabajador.
RESPUESTA C:
A) No tiene que solicitar la afiliación ya que estaba afiliado con anterioridad.
B) De pluriempleo.
C) Que se suspendió.
RESPUESTA D:
A) Al Régimen General.
B) De pluriempleo.
C) Que continuó existiendo, no se suspendió.
RESPUESTA E:
A) Al Régimen General.
B) De pluriactividad.
C) Que continuó existiendo, no se suspendió.
RESPUESTA F:
A) No tiene que solicitar la afiliación ya que estaba afiliado con anterioridad.
B) De pluriactividad.
C) Que se suspendió.
RESPUESTA G:
A) Al Régimen General.
B) De pluriempleo.
C) Que se suspendió.
RESPUESTA H:
A) No tiene que solicitar la afiliación ya que estaba afiliado con anterioridad.
B) De pluriempleo.
C) Que continuó existiendo para la empresa y se suspendió para el trabajador.
Código Fomento:1C02001
Norma:RDL 8/2015, art. 15; RDL 8/2015, art. 144; RD 84/1996, art. 7.