Manual A de la DGT
Tema 2. Velocidad
Vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
Vías de un único carril por sentido de circulación. (Excepcionalmente, la Autoridad Municipal podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril por sentido hasta una velocidad máxima de 50 km/h, previa señalización específica).
Vías de dos o más carriles por sentido de circulación. (A estos efectos, los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o uso exclusivo de transporte público no serán contabilizados).
Excepto los vehículos que transporten mercancías peligrosas que circularán como máximo a 40 km/h. También en las travesías.
A estos efectos, los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o uso exclusivo de transporte público no serán contabilizados.
Velocidad máxima 30 km/h
Velocidad máxima 50 km/h
Travesías
(Este límite podrá ser rebajado por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de la vía, previa señalización especifica).
Las velocidades genéricas establecidas podrán ser rebajadas previa señalización específica, por la Autoridad municipal.
Excepcionalmente, la Autoridad Municipal podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril por sentido hasta una velocidad máxima de 50 km/h, previa señalización específica.
Se circulará a velocidad moderada y, si fuera preciso, se detendrá el vehículo, cuando las circunstancias lo exijan y especialmente en los casos siguientes:
Cuando haya peatones en la parte de la vía que se esté utilizando o pueda preverse su irrupción en la misma, especialmente cuando se trate de niños, ancianos, invidentes u otras personas manifiestamente impedidas.
Al aproximarse a ciclos circulando, así como en las intersecciones y en las proximidades de vías de uso exclusivo de ciclos y de los pasos de peatones no regulados por semáforo o agentes de la circulación, así como al acercarse a mercados, centros docentes o a lugares en que sea previsible la presencia de niños.
Cuando haya animales en la parte de la vía que se esté utilizando o pueda preverse su irrupción en la misma.
En los tramos con edificios de inmediato acceso a la parte de la vía que se esté utilizando.
Al aproximarse a un autobús en situación de parada, principalmente si se trata de un autobús de transporte escolar.
Fuera de poblado, al acercarse a vehículos inmovilizados en la calzada y a ciclos que circulan por la calzada o el arcén.
Al circular por pavimento deslizante o cuando puedan salpicarse o proyectarse agua, gravilla u otras materias a los demás usuarios de la vía.
Al aproximarse a pasos a nivel, glorietas e intersecciones en que no se goce de prioridad, a lugares de reducida visibilidad o a estrechamientos.
En intersecciones en las que no se goce de prioridad, si están debidamente señalizadas y la visibilidad de la vía es prácticamente nula, la velocidad de los vehículos no deberá exceder de 50 kilómetros por hora.
En el cruce con otro vehículo cuando las circunstancias de la vía, de los vehículos, las meteorológicas o ambientales no permitan realizarlo con seguridad.
En caso de deslumbramiento el conductor reducirá la velocidad lo necesario, incluso hasta la detención total dentro del mismo carril, para evitar el alcance de vehículos o peatones que circulen en el mismo sentido.
En los casos de niebla densa, lluvia intensa, nevada o nubes de polvo o humo.
Entre nosotros y el vehículo que nos precede debemos dejar suficiente espacio para que en el caso que dicho vehículo se detenga bruscamente, nosotros también podamos detenernos sin colisionar con él. Además si circulamos sin la intención de adelantar, esta separación deberá de permitir al que le siga adelantarlo con seguridad.
Será suficiente mantener distancia para no colisionar:
Tema 2. Velocidad