Manual B de la DGT

Índice de temas

Tema 6. Intersecciones

6. Vehículos de auxilio en vías públicas

Los vehículos de auxilio en vías públicas que desarrollen una operación de auxilio y así lo hayan comunicado a la autoridad competente en materia de regulación, ordenación y gestión del tráfico, podrán efectuar su circulación de acuerdo con las siguientes condiciones:

a) Tendrán preferencia de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía cuando se hallen en servicio de auxilio.

b) Podrán parar y estacionar en la vía pública el vehículo de auxilio para realizar la correspondiente operación. La parada y estacionamiento se efectuarán de tal modo que garanticen la seguridad vial y la fluidez del tráfico.

c) Cuando el vehículo esté en misión de acceso o llegada al escenario hará uso de la señal luminosa y, en su caso, de la acústica. Cuando se encuentre realizando las tareas de auxilio, únicamente hará uso de la señal luminosa. En todo caso, y cuando las tareas de auxilio se desarrollen en vías urbanas, el uso de la señal acústica tendrá carácter excepcional, reservándose a los supuestos en los que las circunstancias del tráfico así lo exijan.

7. Tramos estrechos

En los tramos de la vía en los que por su estrechez sea imposible o muy difícil el paso simultáneo de dos vehículos que circulen en sentido contrario, se regulará con estas dos señales:

Prioridad en sentido contrario

Prioridad respecto al sentido contrario

Donde no haya señalización expresa al efecto, tendrá derecho de preferencia de paso el que hubiere entrado primero.

En caso de duda sobre dicha circunstancia, tendrá la preferencia el vehículo con mayores dificultades de maniobra. El orden de preferencia entre los distintos tipos de vehículos cuando uno de ellos tenga que dar marcha atrás en un tramo estrecho sin señalizar es el siguiente:

1

Vehículos especiales y en régimen de transporte especial que excedan las masas o dimensiones establecidas en las normas reguladoras de los vehiculos

2

Conjunto de vehículos, excepto los contemplados en el punto 4

3

Vehículos de tracción animal

4

Turismos que arrastreb remolques de hasta 750 kg de MMA y autocaravanas

5

Vehículos destinados al transporte colectivo de viajeros

6

Camiones, tractocamiones y furgones

7

Turismos, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables

8

Vehículos especiales que no excedan de las masas o dimensiones establecidas en las normas reguladoras de los vehículos, cuadriciclos y cuadriciclos ligeros.

9

Vehículos de tres ruedas, motocicletas con sidecar y ciclomotores de tres ruedas

10

Motocicletas, ciclomotores de dos ruedas y bicicletas

8. Puentes y obras de paso

El orden de preferencia de paso por puentes y obras de paso cuya anchura no permita el cruce de vehículos se realizará conforme a la señalización que lo regule.

En caso de encuentro de dos vehículos que no se puedan cruzar en puentes u obras de paso en uno de cuyos extremos se hubiera colocado la señal de prioridad en sentido contrario o la de ceda el paso, el que llegue por ese extremo deberá retroceder para dejar pasar al otro.

En ausencia de señalización, el orden de preferencia entre los distintos tipos de vehículos se ajustará a la clasificación vista en el punto anterior.

Los vehículos que necesitan autorización especial para circular no podrán cruzarse en los puentes si el ancho de la calzada es inferior a 6 metros, de forma que para cada vehículo pueda contarse con un ancho de vía no inferior a 3 metros.

Cuando en una vía se estén efectuando obras de reparación, los vehículos, caballerías y toda especie de ganado marcharán por el sitio señalado al efecto.

Siempre que sea posible efectuarlo sin peligro ni daño a la obra realizada, se permitirá el paso por el trozo de la vía en reparación a los vehículos de servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente y cuyos conductores lo adviertan mediante el uso de la correspondiente señalización.

En todo caso, cualquier vehículo que se acerque a una obra de reparación de la vía y encuentre esperando a otro llegado con anterioridad y en el mismo sentido, se colocará detrás de él, lo más arrimado que sea posible al borde de la derecha, y no intentará pasar sino siguiendo al que tiene delante.

Los usuarios de la vía están obligados a seguir las indicaciones del personal de la obra destinado a la regulación del paso de vehículos.

Tema 6. Intersecciones