Manual B de la DGT

Índice de temas

Tema 4. La vía

2. Sentido de la circulación

Se debe circular por la derecha de la calzada y lo más cerca posible de su borde derecho manteniendo la separación lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad, especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad, aún cuando no exista señalización expresa que delimite los carriles, en lo que se debe dejar libre la mitad de la calzada que corresponda a los que puedan circular en sentido contrario.

Peatones

Con zona peatonal:

  • Como norma general, circularán por su derecha.
  • Podrán circular por el arcén o, si no existe o no es tranistable, por la calzada:
    • Los que transiten en silla de ruedas con o sin motor, a la velocidad del paso humano.
    • Los grupos de peatones.
    • Los que lleven un objeto voluminoso o empujen un vehículo de reducida dimensiones que no sea de motor, cuando puedan molestar a los peatones.

Sin zona peatonal:

  • Circularán por el arcén o, si no existe, por la calzada.
  • En vía urbana,circularán por la derecha o por la izquierda, segun las circunstancias.
  • Fuera de poblado y en travesías, circularán por la izquierda, salvo que sea más seguro hacerlo por la derecha.
  • Circularán por la derecha los que empujen un ciclo o ciclomotor de dos ruedas, carros de mano o similares, las personas en sillas de ruedas y los grupos de peatones. (Deben obedecer señales que les puedan afectar)
  • Salvo,cuando formen un cortejo, deben de marchar unos tras otros, especialmente en tramos de reducida visibilidad.

En vías interurbanas, entre el ocaso y salida del sol o bajo condiciones que disminuyan la visibilidad, deberán de llevar un elemento luminoso o retrorreflectante que sea visible a una ditancia mínima de 150m. Los grupos de peatones también llevarán luces necesarias para precisar su situación y dimensión, de color blanco o amarillo hacia delante y rojo hacia atrás.

Animales
  • Sólo se permitirá el tránsito de animales de tiro, carga o silla, cabezas de ganado aisladas, en manada o rebaño, cuando no exista itinerario practicable por vía pecuaria y siempre que vayan custodiados por alguna persona mayor de 18 años, al menos.
  • No invadirán la zona peatonal y circularán por el arcén del lado derecho, y si tuvieran que utilizar la calzada, lo harán aproximándose cuanto sea posible al borde derecho de ésta; por excepción, se permite conducir uno solo animale por el borde izquierdo, si es más seguro.
  • Los animales conducidos en manada o rebaño irán al paso, lo más cerca posible del borde derecho de la vía y de forma que nunca ocupen más de la mitad derecha de la calzada, divididos en grupos de longitud moderada, cada uno de los cuales con un conductor al menos y suficientemente separados para entorpecer lo menos posible la circulación.
  • Sólo atravesarán las vías por pasos autorizados y señalizados al efecto o por otros lugares que reúnan las necesarias condiciones de seguridad.
  • Se prohíbe circular por autopistas y autovias a los animales y vehículos de tracción animal.
  • En vías insuficientemente iluminadas o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, sus conductores llevarán en el lado más próximo al centro de la calzada luces en número necesario para precisar su situación y dimensiones, que serán de color blanco o amarillo hacia delante, y rojo hacia atrás.

3. Posición en la calzada

Como norma general se circulará por la derecha y, especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad, lo más arrimado posible al borde de la calzada.

Norma general

Por la derecha, lo más cerca posible del borde derecho de la calzada

Caso especial

En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida se dejará siempre libre la mitad de la calzada correspondiente al sentido contrario

Cuando en la vía existan refugios, isletas o dispositivos de guía, se circulará por la parte de la calzada que quede a la derecha de éstos, en el sentido de la marcha, salvo cuando estén situados en una vía de sentido único o dentro de la parte correspondiente a un solo sentido de circulación, en cuyo caso podrá hacerse por cualquiera de los dos lados.

En las plazas, glorietas y encuentros de vías los vehículos circularán dejando a su izquierda el centro de aquéllas.

4. Progresión normal

Se entiende por progresión normal el circular dentro de la corriente del tráfico, sin alteraciones respecto a la posición en la calzada, adaptándose en cada momento a las circunstancias de dicha corriente.

En progresión normal el comportamiento del conductor viene determinado por las reglas de seguridad:

  • Ocupar su posición adecuada en la calzada.
  • Mantener la debida separación entre vehículos.
  • Circular a velocidad adaptada a las circunstancias del tráfico y de las vías.
  • Realizar una observación constante del tráfico por delante, por detrás y por los costados.

Tema 4. La vía