Manual B de la DGT
Tema 9. Señales
Las señales de indicación tienen por objeto facilitar al usuario de la vía ciertas informaciones que puedan serle de utilidad. Se subdividen en:
Los paneles complementarios colocados debajo de una señal de información podrán indicar la distancia entre dicha señal y el lugar así señalado. La indicación de esta distancia podrá figurar también en la parte inferior de la propia señal.
S-1. Autopista. Indica el principio de una autopista y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. El símbolo de esta señal puede anunciar la proximidad de una autopista o indicar el ramal de una intersección que conduce a una autopista.
S-1a. Autovía.Indica el principio de una autovía y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. El símbolo de esta señal puede anunciar la proximidad de una autovía o indicar el ramal de una intersección que conduce a una autovía.
S-2. Fin de autopista.Indica el final de una autopista.
S-2a. Fin de autovía.Indica el final de una autovía.
S-3. Vía reservada para automóviles.Indica el principio de una vía reservada a la circulación de automóviles.
S-4. Fin de vía reservada para automóviles.Indica el final de una vía reservada para automóviles.
S-5. Túnel.Indica el principio y eventualmente el nombre, de un túnel, de un paso inferior o de un tramo de vía equiparado a túnel. Podrá llevar en su parte inferior la indicación de la longitud del túnel en metros.
S-6. Fin de túnel.Indica el final de un túnel, de un paso inferior o de un tramo de vía equiparado a túnel.
S-7. Velocidad máxima aconsejable.Recomienda una velocidad aproximada de circulación, en kilómetros por hora, que se aconseja no sobrepasar, aunque las condiciones meteorológicas y ambientales de la vía y de la circulación sean favorables. Cuando esté colocada bajo una señal de advertencia de peligro, la recomendación se refiere al tramo en que dicho peligro subsista.
S-8. Fin de velocidad máxima aconsejada.Indica el final de un tramo en el que se recomienda circular a la velocidad en kilómetros por hora indicada en la señal.
S-9. Intervalo aconsejado de velocidades.Recomienda mantener la velocidad entre los valores indicados, siempre que las condiciones meteorológicas y ambientales de la vía y de la circulación sean favorables. Cuando está colocada debajo de una señal de advertencia de peligro, la recomendación se refiere al tramo en que dicho peligro subsista.
S-10. Fin de intervalo aconsejado de velocidades.Indica el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de <intervalo aconsejado de velocidades>.
Tema 9. Señales