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Cálculos indemnizaciones cmr

Cálculos indemnizaciones cmr

Por jmds

05/05/22, 5:59h

Buenos días ,
Necesito ayuda con el calculo de indemnizaciones del CMR, estoy con los supuestos prácticos y no alcanzo a ver como se resuelven algunos cálculos de estos problemas.
Supuestamente , si no existe declaración de valor , el calculo seria de 1/3 del IPREM multiplicado por los kilos.
En el caso 136 del Grupo A dice asi:

Se contrata con un transportista español un transporte de prendas de vestir por carretera entre Arteixo (La Coruña) y París, valorado en 560.000 euros en origen y
750.000 en destino, cuyo peso es de 18.600 kg. En el momento de la carga, el transportista advierte algunas deficiencias en los embalajes y comenta esta circunstancia con el responsable del almacén.
Debido a dichas deficiencias, durante el trayecto un 5 % de la mercancía sufre daños que obligan a desecharla. Como consecuencia, el cargador reclama al transportista por los daños experimentados.
Se comprueba que la carta de porte, debidamente firmada por cargador y transportista, no recogía ninguna observación especial, al margen de los datos obligatorios habituales.
El derecho especial de giro equivale a 1,25 euros y el valor del IPREM diario es de 17,92 euros.

La respuesta correcta da el importe de 9.683,62 euros , pero no consigo encontrar la formula para llegar a ese resultado. Alguien puede iluminarme ,por favor.

Gracias
#1-967835

Por jmds

05/05/22, 18:46h

Nada , hoy me ha llegado vuestro libro y ya encontré la respuesta.

18.600Kg x 5%=930Kg
930Kg x 8,33 = 7.746'90 (8,33 es la indemnización máxima según CMR)
7.746,90 x 1,25 (derecho especial de giro) = 9.683,62.

El que este perdido como yo creo que debería comprarse el libro. Esta muy bien explicado y muy bien resumido.

Gracias de verdad , una muy buena herramienta.
#2-967845

Por annari

09/05/22, 12:12h

Buenos dias.
Me podrias decir cual es el Libro.

Gracias
#3-967899

Por jmds

09/05/22, 14:52h

Pues no se si se pueden colgar enlaces aqui , si no es asi que los admin lo borren por favor.

Yo lo compre en amazon , aqui:

https://www.amazon.es/T%C3%ADtulo-transportista-competencia-profesional-transporte/dp/841910910X/ref=rvi_sccl_7/261-5638970-4014808?pd_rd_w=DqAt4&pf_rd_p=3bab5688-091f-4f62-a274-79747c745c79&pf_rd_r=ZVZ8DDGPDFDENJ5KP665&pd_rd_r=096ddc6e-f78d-49c3-9d9d-01bfbf0e6a63&pd_rd_wg=UJqSm&pd_rd_i=841910910X&psc=1
#4-967902

Por saviesa

11/11/23, 21:59h

El libro anunciado anteriormente desarrolla las soluciones de todos los casos prácticos que aparecen en el ministerio de fomento. O solamente da las soluciones sin desarrollarlas tal y como hace el ministerio.
#5-973803

Por cadesign

30/04/24, 12:25h

122. El propietario de una factoría islandesa de producción de bacalao contrata a una empresa española por el precio de 5.000 euros, todos los gastos incluidos, para que transporte una partida de 23.000 kg de filetes de bacalao fresco, valorados en 460.000 euros, desde su sede, en las proximidades de Reykjavik, hasta Madrid.
A instancias del cargador, que dice guiarse en esto por lo que dispone la legislación islandesa, se incluye en el contrato de transporte una cláusula estipulando que la responsabilidad del transportista en caso de pérdida o deterioro de la mercancía será, en todo caso, de 17,50 euros por kilogramo de peso. El transportista, para no perder el contrato, acepta incluir esta disposición en los términos exigidos por el cargador.
Durante el recorrido se avería el equipo de frío del vehículo sin que el conductor se percate de ello hasta transcurridas 20 horas y, como consecuencia de ello, el 30 % de la mercancía se deteriora hasta el punto de resultar completamente inservible a la llegada a destino para su distribución y venta.
El tramo marítimo se efectuó mediante embarque rodado del vehículo de carretera completo (cabeza tractora y semirremolque con la carga).
Islandia no es un Estado firmante del Convenio relativo al Contrato de Transporte de Mercancías por Carretera (CMR).
El derecho especial de giro equivale a 1,25 euros y el valor del IPREM diario es de 17,92 euros.
Responda a las siguientes cuestiones: ¿Resulta aplicable el Convenio relativo al Contrato de Transporte de Mercancías por Carretera (CMR) a este transporte? ¿A cuánto ascenderá la indemnización que, como máximo, tiene derecho a percibir el propietario de la mercancía por la pérdida de la misma?

En la pregunta B a mi me da 71.846,25 yo hayo el 30% de 23.000 kg y lo multiplico por 8,33 y el resultado lo multiplico por 1,25. Alguien sabe donde estoy fallando?
#6-976670

Por neenonw89

28/05/24, 11:21h

Entiendo que necesita ayuda con el cálculo de las indemnizaciones según el Convenio de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (CMR). Veamos cómo se resuelven estos cálculos . Como bien menciona, cuando no existe una declaración de valor de la mercancía, la indemnización se calcula como 1/3 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) multiplicado por el peso de la mercancía en kilogramos.
#7-976914
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