Manual clase B
Tema 6. Velocidad
Es fácil acostumbrarse a las velocidades altas y dejarse cegar por ellas. Luego de un rato de conducción por una autopista, la velocidad se siente agradable, y uno no se da cuenta de lo rápido que va hasta que al tomar una salida aparecen las señales de limitación a 50 km/h. Entonces es fácil dudar del velocímetro o medidor de velocidad. Cuando se ha frenado hasta 50 km/h, parece que el vehículo está casi detenido. Con seguridad usted sentirá lo mismo. Por eso es importante que recuerde que el velocímetro se equivoca muy raras veces y que, en cambio, es muy fácil que usted sea engañado al ser cegado por la velocidad.
Cuando uno va a detenerse es cuando nota la velocidad. A 50 km/h se necesitan unos 25 metros para detenerse si el pavimento es bueno y está seco. Si aumenta la velocidad a 100 km/h, requerirá unos 80 metros. Esta distancia, la que necesita usted para detenerse, es la que debe tener presente cuando aumente la velocidad.
Recuerde que a medida que aumenta la velocidad, se reduce el campo visual del conductor. Se tiende a fijar la mirada recta a lo lejos y resulta más difícil percibir movimientos a los lados.
Si dos vehículos circulan en sentido contrario, éstos se aproximan a una velocidad equivalente a la suma de las velocidades individuales de cada uno.
Si todos respetaran los límites de velocidad se salvarían muchas vidas. Ella debe ser siempre la razonable y prudente, esto es, nunca superior a aquella a la cual el conductor puede mantener el control de su vehículo y detenerlo dentro de una distancia que esté al alcance de su vista, ante cualquier obstáculo o imprevisto.
Las velocidades máximas permitidas varían según se trate de un área urbana o rural, así como también según el tipo de vehículo.
No obstante, la autoridad puede modificar los límites antes indicados en determinadas vías instalando las señales correspondientes.
Para los efectos de denunciar o iniciar de cualquier otra forma procesos por infracciones relativas a la velocidad, se establece un rango de tolerancia general de 5 kilómetros por hora, que deberá sumarse a los límites de velocidad.
Constituirá infracción gravísima, exceder entre 20 y 60 kilómetros por hora el límite máximo de velocidad señalado.
Salvo en caso de inminente peligro, si usted desea reducir considerablemente la velocidad, deberá asegurarse que puede hacerlo sin peligro, observando por el espejo retrovisor, que ningún vehículo circule muy cerca de usted.
En las siguientes situaciones y/o lugares se debe reducir obligatoriamente la velocidad por el mayor riesgo de accidentes:
Una velocidad adecuada significa que usted, en situaciones arriesgadas, va lo suficientemente lento como para poder dar preferencia a otros, aunque las normas no se lo exijan. ¡Usted nunca debería chocar!
Cuando tenga obligación de ceder el paso, reduzca su velocidad con tiempo, hasta detenerse si fuera necesario, para que los demás comprendan claramente que usted va a darles la preferencia.
Y no olvide que tiene que adaptar su velocidad a las condiciones reinantes en cuanto al pavimento, al clima, a la visibilidad, al estado del vehículo, a su carga y a la intensidad del tráfico. Reduzca la velocidad ante la visibilidad cambiante por la luz y sombra en una calle arbolada en un día soleado. Esta condición dificulta la percepción de otros usuarios de la vía así como el cálculo de distancias.
Usted tiene que poder detenerse ante cualquier obstáculo imaginable. Como conductor, cuente siempre con que puede haber alguien o algo detrás de un auto estacionado, detrás de un arbusto, o después de la próxima curva. Esta es una capacidad que hay que entrenar.
Sea especialmente cauteloso y esté preparado para detenerse:
Usted no debe conducir nunca a una velocidad tal que le impida controlar su vehículo. Gran parte de los conductores creen ser mucho más hábiles de lo que son en realidad y, por lo tanto, conducen a una velocidad mayor que aquella que su capacidad les permite. Muchos accidentes en carretera ocurren en solitario, esto es, sin que haya participación de algún otro vehículo o peatón.
La conducción varía de un automóvil a otro, por eso es importante que usted conduzca con calma un vehículo que le hayan prestado y que no conozca bien.
Usted tiene que adaptar su velocidad a las condiciones y aspecto de la carretera. En un camino de ripio o grava, la distancia de frenado es significativamente mayor que en una carretera asfaltada. El asfalto mojado es más resbaladizo que el seco. Mire adelante, lo más adelante que pueda, para ver con anticipación las curvas u otros peligros y disminuya con tiempo la velocidad. Aprenda a “leer” en la carretera, de modo que descubra los peligros; por ejemplo, las curvas, los cambios de rasante, los charcos de agua, etc.
Disminuya su velocidad antes de llegar a una curva. Una vez que esté en ella no deje que el vehículo marche por su propia inercia. Acelere gradualmente para retomar la velocidad al salir de la curva.
Ningún vehículo motorizado podrá circular a menor velocidad que la mínima fijada para la respectiva vía.
Cuando vaya a circular por una autopista, asegúrese de que su vehículo pueda desarrollar una velocidad adecuada, tal que no ponga en riesgo a los demás.
Se entenderán por carreras no autorizadas las siguientes conductas realizadas sin la autorización o permiso correspondiente por parte de la autoridad competente, con vehículos motorizados:
El que condujere un vehículo motorizado participando en carreras no autorizadas será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo o multa de dos a diez unidades tributarias mensuales, ya sea que no se ocasione daño alguno, o que con ello se causen daños materiales o lesiones leves.
Si, a consecuencia de esta conducción, se causaren lesiones menos graves o graves, se impondrá la pena de presidio menor en su grado medio y multa de cuatro a doce unidades tributarias mensuales.
El que organizare carreras no autorizadas será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de 8 a 20 unidades tributarias mensuales. Si con ocasión o con motivo de la ejecución de la conducta señalada en este inciso obtuviere algún beneficio económico para sí o para un tercero, se le aplicará la pena de presidio menor en su grado medio y multa de 20 unidades tributarias mensuales.
Tema 6. Velocidad